Exclusiones médicas Oposiciones prisiones 2017

Exclusiones médicas Oposiciones prisiones 2017

Prueba de aptitud médica:

Estará dirigida a comprobar que no se aprecia en los aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el anexo V de esta convocatoria. Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio. La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas.

Será  calificada de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para poder superar esta prueba y la oposición. Si el número de declarados «Aptos» en esta prueba fuera inferior al número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma, el número de aspirantes necesarios, de los que hayan superado los dos primeros ejercicios, según el orden de puntuación obtenido. A los efectos de favorecer la mecánica del proceso selectivo, el Tribunal podrá disponer que determinadas pruebas o parte de las mismas se realicen en la misma fecha.

1. Visión. No se considerarán aptas aquellas personas que presenten alguno de los siguientes valores en su agudeza visual:

1. Una agudeza visual binocular, sin gafas o lentillas, menor de 0,33.

2. Una agudeza visual, sin gafas o lentillas, menor de 0,2 en el ojo de menor agudeza visual.

3. Una agudeza visual binocular, con gafas o lentillas, menor de 0,8.

También serán excluidas las personas que padezcan:

4. Retinopatía.

5. Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria.

6. Diplopía. Estrabismo.

7. Glaucoma. Hemianopsia.

8. Subluxación del cristalino, afaquia.

9. Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual.

10. Queratitis crónica. Hemeralopia.

2. Audición.

No serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa de ambos oídos, o incompleta permanente que produzca, en el oído de menor agudeza auditiva, una disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 decibelios en las frecuencias entre los 1.000 y 3.000 hertzios o de 45 decibelios a 4.000 hertzios.

3. Aparato locomotor. No serán aptas las personas que presenten:

1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir la fuerza y agilidad de las extremidades, tronco y cuello o su repercusión estática.

2. Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.

4. Endocrino. Serán excluidas aquellas personas que presenten:

1. Diabetes.

2. Delgadez extrema: Con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18.

3. Obesidad: Con índice de masa corporal (IMC) superior a 34.

5. Aparato digestivo.

No serán aptas aquellas personas que padezcan:

1. Cirrosis hepática.

2. Enfermedad inflamatoria intestinal crónica.

3. Pancreatitis crónica.

6. Aparato cardiovascular.

No serán aptas las personas con:

1. Insuficiencia cardiaca.

2. Haber padecido infarto de miocardio o coronariopatía. 3. Arritmias: Fibrilación auricular. Síndrome de preexcitación.

4. Valvulopatías y prótesis valvulares.

5. Aneurismas de grandes vasos.

6. Insuficiencias venosas periféricas, con signos de alteraciones tróficas y varicosas.

7. Aparato respiratorio. No serán aptas aquellas personas que padezcan enfermedades neumológicas (pulmonares) que tengan repercusión en la función respiratoria. La función pulmonar se definirá por medio de la espirometría y serán excluidas las personas con una capacidad ventilatoria inferior al 80 % de las cifras de referencia.

8. Sistema nervioso central. No serán aptas las personas que presenten:

1. Parkinson.

2. Temblores crónicos.

3. Epilepsia.

4. Esclerosis múltiple.

5. Ataxia.

9. Alteraciones psiquiátricas.

No serán aptas las personas que presenten:

1. Esquizofrenia.

2. Trastorno bipolar. Delirio.

3. Depresión mayor.

4. Crisis de pánico o de angustia.

5. Trastorno de estrés postraumático.

6. Alteraciones de la personalidad: Paranoide, esquizoide, antisocial o trastornos límite.

7. Trastornos afectivos (distimias).

10. Controles analíticos. De sangre y orina:

1. Será causa de exclusión el consumo de alcohol en grado de abuso, que ocasione alteraciones detectables en el análisis de sangre, con elevación de las transaminasas hepáticas (GOT, GPT, GGT), junto con aumento del VCM, por encima de las cifras normales de referencia. En el caso de que presenten esas alteraciones, se realizarán pruebas complementarias.

2. Consumo de sustancias tóxicas: Opiáceos, cannabis, cocaína, barbitúricos, anfetaminas, psicodislépticos, benzodiacepinas, estimulantes, antidepresivos (suero) y otros, que sean detectables (ellos o sus metabolitos), en el momento del reconocimiento, mediante analítica.

3. Todas las personas que por prescripción facultativa estén siendo tratados con cualquier tipo de medicación, deberán presentar un informe médico oficial del especialista, justificando el tratamiento.

11. Otras causas de exclusión.

Serán excluidas las personas que presenten enfermedades transmisibles en actividad, hemopatías graves, malformaciones congénitas y otras patologías de cualquier órgano o sistema que, a juicio del Tribunal y previa propuesta del Médico colaborador, limiten o dificulten el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

 

SOLICITUDES OPOSICIONES PRISIONES 2017

Desarrollo del proceso selectivo OPOSICIONES PRISIONES 2017

Exclusiones médicas Oposiciones prisiones 2017

Proceso selectivo oposiciones prisiones 2017

Abrir chat
💬 ¿Quieres aprobar en 2024?
Hola 👋 Bienvenido a OPOSICIONES DE PRISIONES 2024
¿En qué podemos ayudarte?