Puestos de trabajo de los funcionarios de prisiones

Puestos de trabajo de los funcionarios de prisiones

Las oposiciones de instituciones penitenciarias son unas oposiciones factibles y los puestos de trabajo a los que se pueden optar son muy variados.

Las oposiciones de prisiones de 2017 se esperan unas 700 plazas, que superan considerablemente  las de la última convocatoria.

Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, según la relación de puestos de trabajo de los establecimientos penitenciarios, pueden ocupar los puestos de:

  • Jefe de Servicios
  • Jefe de Gabinete del Director
  • Educador
  • Coordinador de Servicios de Interior
  • Jefe Área Mixta
  • Area mixta
  • Jefe de Oficinas
  • Oficinas
  • Vigilancia I
  • Vigilancia II

Funciones de cada puesto del Cuerpo de Ayudantes de prisiones:

Jefe de Servicios

Las funciones del Jefe de Servicios se regulan en el artículo 287 del Real Decreto 1201/1981 por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1981:

  • Despachar diariamente con el Director para informarle de la marcha de los servicios.
  • Cuidar de la disciplina general del establecimiento y de que se realicen los servicios de la forma establecida.
  • Estimular y orientar a los funcionarios que de él dependan en el cumplimiento de sus deberes.
  • Procurar conocer personalmente a los internos e informar al Director sobre los mismos.
  • Visitar durante el servicio todos los locales del Establecimiento.
  • Adoptar provisionalmente las medidas indispensables para mantener el orden y el buen funcionamiento de los servicios regimentales.
  • Mantener en lugar adecuado y debidamente controladas durante el días las llaves de los dormitorios y locales que no hayan de ser inmediatamente utilizados.
  • Organizar debidamente todos los actos colectivos.
  • Comprobar que los funcionarios que de él dependan realicen los recuentos, cacheos y requisas.
  • Dirigir la Oficina de Jefatura de Servicios.

 

  • Jefe de Gabinete del Director

Le corresponde la realización de informes y propuestas en materia de recursos humanos y la coordinación de las tareas de gestión de recursos humanos, todo ello en relación con las tareas burocráticas que se tramitan en la Oficina de Dirección (art. 335 del R.P. 1981).

Le corresponde también la realización de las funciones que pueda delegar en él el Director del Centro Penitenciario.Educador

Tal como establece el art. 296 R.P. de 1981, a los Educadores, en tanto que colaboradores directos e inmediatos de los Equipos Técnicos y de las Juntas de Tratamiento, les corresponde la realización de las tareas complementarias en materia de observación y tratamiento.

Le corresponde concretamente la realización de informes y propuestas y la coordinación y realización de programas de intervención.

El artículo 296 establece, de forma detallada, las funciones que corresponde a los Educadores.

Coordinador de Servicio Interior

El contenido funcional de este  puesto de trabajo se establece en la Instrucción 7/2011 RR.HH. de 17 de junio de 2011.

La funcionalidad principal del puesto se refiere a la coordinación de las actividades internas del cetnro penitenciario, asi como la coordinación de las tareas y servicios de los funcionarios del area de vigilancia interior:

Y desempeñará las siguientes funciones:

a) Coordinar y controlar los movimientos de los internos conforme a los procedimientos indicados en la normativa interior del establecimiento, determinando los funcionarios que deban controlar los mismos; así como que todas las actividades diarias se encuentran operativas conforme a la programación establecida.
b)  Comprobar personalmente, iniciado el tumo de servicio, que los funcionarios asignados mediante el Libro de Servicios a cada una de las Unidades se han hecho cargo del mismo, proponiendo al Jefe de Servicios, en su caso, la modificación de los asignados.
c)  Autorizar la salida temporal de los funcionarios de servicio de las Unidades donde lo tienen asignado a otras Unidades, determinando, en su caso, su sustitución por otro funcionario e informando al Jefe de Servicios.
d) Apoyar al Jefe de Servicios, realizando o controlando las tareas y actividades que éste le encomiende.
e) Implementar las tareas atribuidas a la Oficina de Servicio Interior.
f)  Participar en los programas específicos que organice la Subdirección de Seguridad.
g) En general, cuantas funciones se deriven de la normativa penitenciaria o le encomienden el Jefe de Servicios y sus superiores jerárquicos, en función de su cargo y en el ámbito de su competencia profesional.
 Jefe de Área Mixta y funcionarios de oficinas

Tiene asignada la organización y control de los procedimientos a su cargo. Por tratarse de áreas de intervención en las que coinciden tareas de vigilancia y control de internos, con otras de tipo burocrático, administrativo o de atención al público, la organización y control deberá estar referida tanto a las tareas de intervención sobre los internos como en relación con los procedimientos burocráticos.

Jefes de Oficinas y funcionario de oficinas

Tiene a su cargo las funciones de organización, control y realización de los procedimientos a su cargo. Estos procedimientos son los tramitados en cada una de las oficinas de los Centros Penitenciarios que aparecen reguladas en el artículo 334 del R.P. de 1981.Oficinas

Tareas asignadas: recogidas en el Real Decreto 1201/1981 por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1981, conforme a la Disposición Transitoria 3ª del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1996.

Tareas de vigilancia

Vigilancia interior de los Establecimientos, recogida en el capítulo VIII , artículos 64 al 70 del Reglamento Penitenciario de 1996.

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